La ley de FCPA prohíbe a las compañías de Estados Unidos o a cualquiera de sus subsidiarias, independientemente de dónde estén ubicadas sus operaciones y sus empleados, el propiciar directa o indirectamente el soborno a funcionarios públicos en el extranjero con el fin de beneficiarse de esta acción. Su incumplimiento puede ocasionar fuertes sanciones que van desde multas económicas, hasta la puesta bajo supervisión judicial o la orden judicial de liquidación.
BDO México está consciente de que cada organización es particular, con sus propios procesos, riesgos, operaciones y estructuras, por tal motivo, apoyamos en implementar un programa eficaz de cumplimiento de anticorrupción adaptada a las necesidades de nuestros clientes, para la operación en el mercado nacional e internacional en el cumplimiento de las regulaciones anticorrupción globales, regionales y locales, impuestas por los organismos de control. Algunos de los temas de cumplimiento serían:
- FCPA (Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero)
- UKBA
- SNA (Sistema Nacional de Anticorrupción)
- ISO 37001
- Sanciones
En cuestión del tema de debida diligencia:
- Adquisiciones, fusiones y escisiones
- Alianzas estratégicas nacionales e Internacionales
- Terceras partes: proveedores, agentes, distribuidores, mayoristas