Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)

El artículo 123 Constitucional apartado A, fracción IX señala que los trabajadores tienen 
derecho a participar en las utilidades de las empresas.

La misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fija una Comisión 
Nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del 
gobierno para establecer el porcentaje de utilidades que deba repartirse entre los 
trabajadores. Este monto se mantiene en 10% de la utilidad, que para dichos efectos de 
acuerdo al artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo será la renta gravable conforme a la 
Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 9.