Infonavit. - ampliación de plazo para apoyo a empresas que contraten trabajadores con crédito de vivienda.

Infonavit. - ampliación de plazo para apoyo a empresas que contraten trabajadores con crédito de vivienda.

El INFONAVIT dio a conocer diversas medidas de apoyo ante la emergencia sanitaria por el COVID-19, siendo una de ellas el “Apoyo para promover la recuperación de empleos”, la cual estuvo vigente de abril a junio de 2021.

En este contexto, el Consejo de Administración del INFONAVIT anunció el pasado 4 de julio, que se amplía el plazo para que las empresas se inscriban al programa de apoyo para la contratación de trabajadores con créditos de vivienda, que estén vigentes y que hayan quedado sin empleo durante el ejercicio 2020.

Plan de apoyo. 

El INFONAVIT otorgará apoyo a los patrones que contraten trabajadores que:

  • Cuenten con crédito de vivienda. 
  • Hayan perdido su empleo con posterioridad al 29 de febrero de 2020 y antes del 1 de diciembre de 2020.
  • Que hayan sido contratados entre el 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021.

El apoyo que recibirán los patrones será el equivalente al monto de las aportaciones que sean pagadas en el periodo de seis bimestres continuos a partir de la fecha de contratación, por cada trabajador contratado.

Beneficios.

Los patrones podrán aplicar el apoyo acumulado, a partir del bimestre posterior al que hayan transcurrido los seis bimestres posteriores a la contratación y sólo aplica para el registro patronal por el que se solicite el apoyo.

El importe acumulado se podrá aplicar contra el pago de sus aportaciones, amortizaciones e incluso en actualizaciones, recargos, gastos de ejecución, gastos de notificación, multas y actualización de multas, en una o varias ocasiones según el importe acumulado hasta agotarlo o bien al 31 de diciembre de 2022, lo que ocurra primero y en caso de que el remanente no se agote, el mismo quedará prescrito después de esta fecha.

Requisitos para solicitar el apoyo:

  • No podrán acogerse a las medidas de apoyo los patrones que hubieran omitido en su totalidad el pago de las aportaciones y/o amortizaciones correspondientes a los bimestres del año 2020. 
  • Que las o los trabajadores acreditados cuenten con un crédito de vivienda vigente ante el Instituto.
  • Que los empleados hayan perdido el empleo entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre de 2020.
  • Y que las o los trabajadores hayan sido contratados entre el 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021.

Permanencia del apoyo.

  • Mantener la relación laboral de manera ininterrumpida durante seis meses continuos.
  • Cubrir en su totalidad y en tiempo el monto de las aportaciones y del entero de los descuentos por amortización.
  • Se perderá el valor del apoyo por aquellos trabadores que se presente un movimiento baja antes de haber cumplido los seis bimestres de relación laboral ininterrumpida.
  • Cuando el patrón no cumpla con sus obligaciones.

 

Para solicitar la medida de “Apoyo para promover la recuperación de empleo”, el patrón debe realizar la solicitud desde el Portal Empresarial del INFONAVIT a más tardar el 31 de agosto de 2021.

 

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Nuestros especialistas del área de seguridad social de BDO México, estarán a sus órdenes para atender cualquier duda o comentario relacionados con estos temas.